15 de marzo de 2012
REF. CONSTRUCCION DE 30 EDIFICIOS EN RINCON DEL INDIO
Los espacios verdes son el valor agregado que nos ofrece el planeta, son el bien mas cotizado,apreciado y cuidado, trascienden lo económico y lo superan.
Qué derecho nos ampara a los protagonistas pasajeros tanto de la política como al ciudadano común,de cercenarlo,extinguirlo o degradarlo hasta hacerlo desaparecer ?
LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, EN SU ART. 47 DICE: LA PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE ES DE INTERES GENERAL. LAS PERSONAS DEBEN ABSTENERSE DE CUALQUIER ACTO DE DEPREDACION, DESTRUCCION O CONTAMINACION GRAVES AL MEDIO AMBIENTE.
EL Estado tiene la obligación de probar ante los ciudadanos que en toda acción/decisión que toma persigue el bien común, virtud que en este caso, no justifica la edificación de las torres mencionadas en Rincón del Indio.
Alertamos nuevamente a autoridades nacionales y departamentales y a todos los habitantes de Punta del Este, del
DAÑO IRREVERSIBLE que este proyecto causaría en Punta del Este.
Ante tamaño perjuicio económico y ambiental, solicitamos que se ANULE el proyecto de construir 30 edificios en Rincón del Indio.
Los vecinos de Punta del Este
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